Una de las modificaciones más importantes de la reforma europea sobre los derechos de los pasajeros aéreos no afecta al importe de las indemnizaciones, sino al tiempo disponible para solicitarlas. Cuando entre en aplicación la nueva normativa, los viajeros dispondrán, con carácter general, de nueve meses para reclamar una compensación por un vuelo afectado por un retraso importante o una cancelación, un cambio que reducirá de forma notable los plazos existentes actualmente en países como España.
La revisión del Reglamento (CE) 261/2004, cuyo proceso legislativo se ha prolongado durante más de una década, mantiene la estructura básica del sistema de protección de los pasajeros europeos. Las compensaciones económicas de 250, 400 o 600 euros, en función de la distancia del vuelo y de las circunstancias previstas en la normativa, continúan vigentes y el derecho a reclamar por retrasos significativos se conserva. Sin embargo, el nuevo límite temporal para presentar las reclamaciones podría tener consecuencias para millones de viajeros que acostumbran a ejercer este derecho meses o incluso años después de haber realizado el viaje.
Según la empresa especializada AirHelp, hasta 18 millones de posibles reclamaciones podrían verse afectadas por este cambio si los pasajeros no presentan sus solicitudes dentro del nuevo plazo una vez la reforma sea plenamente aplicable.
El plazo para reclamar será mucho más corto
Hasta ahora, el tiempo disponible para reclamar una indemnización dependía en gran medida de la legislación nacional de cada Estado miembro. En España, por ejemplo, los pasajeros podían disponer de hasta cinco años para iniciar el procedimiento de reclamación, un margen que permitía recuperar el derecho incluso mucho tiempo después de haberse producido la incidencia.
La reforma cambia este escenario. Una vez entre en vigor, el plazo general será de nueve meses desde la fecha del vuelo, independientemente de que el pasajero descubra posteriormente que tenía derecho a una compensación.

Este aspecto ha recibido menos atención que otros elementos debatidos durante la negociación, como la cuantía de las indemnizaciones o las condiciones para obtenerlas, aunque puede convertirse en uno de los cambios con mayor impacto práctico para los consumidores.
La realidad demuestra que muchos viajeros no presentan una reclamación inmediatamente después de sufrir un retraso o una cancelación. En ocasiones desconocen sus derechos; en otras, consideran que el procedimiento será demasiado complejo o simplemente dejan pasar el tiempo hasta que descubren, meses después, que podían haber recibido una compensación económica.
Las indemnizaciones continúan vigentes
Uno de los aspectos que más inquietud había generado durante la negociación era la posibilidad de que la Unión Europea redujera las compensaciones económicas o endureciera significativamente las condiciones para acceder a ellas.
Finalmente, la estructura principal del Reglamento se mantiene. Los pasajeros seguirán teniendo derecho a una compensación económica cuando concurran las circunstancias previstas por la normativa europea y la compañía aérea sea responsable de la incidencia.
Las indemnizaciones continúan situándose entre 250 y 600 euros, dependiendo de la distancia del vuelo, y el sistema europeo mantiene su condición de uno de los marcos de protección al pasajero más sólidos del mundo.
Durante el proceso legislativo, distintas organizaciones del sector defendieron modificaciones que habrían reducido la protección de los viajeros. Sin embargo, el texto finalmente respaldado mantiene el núcleo esencial de los derechos reconocidos por el Reglamento CE261.
La duda afecta a los vuelos anteriores a la reforma
Uno de los puntos que todavía genera incertidumbre es la aplicación práctica del nuevo plazo a las incidencias ocurridas antes de la entrada en vigor de la normativa.
El texto aprobado no establece de forma expresa cómo deberán tratarse las reclamaciones correspondientes a vuelos realizados con anterioridad que todavía no hayan sido presentadas. Esa ausencia de un régimen transitorio detallado podría dar lugar a interpretaciones diferentes sobre qué plazo resulta aplicable en cada caso.
Precisamente por ello, especialistas en derechos de los pasajeros recomiendan no demorar innecesariamente las reclamaciones pendientes mientras se concreta la aplicación definitiva de la reforma.
Cuándo empezará a aplicarse la nueva normativa
Aunque la reforma ya ha superado buena parte de su recorrido institucional, los cambios no serán inmediatos. La previsión actual es que las nuevas reglas comiencen a aplicarse durante la segunda mitad de 2027, una vez concluya el proceso de implantación previsto por la Unión Europea.
Hasta entonces, seguirán siendo de aplicación los plazos de prescripción establecidos por la legislación vigente en cada país. En España, eso significa que los pasajeros continúan disponiendo del plazo actualmente reconocido para reclamar las compensaciones derivadas de vuelos afectados por retrasos, cancelaciones u otras incidencias contempladas en el Reglamento europeo.
Por este motivo, quienes hayan sufrido recientemente una alteración en su viaje no deben asumir que el nuevo límite de nueve meses ya está en vigor. No obstante, la futura reducción del plazo hace recomendable revisar con antelación cualquier incidencia pendiente y conservar toda la documentación relacionada con el vuelo.
Qué conviene guardar si tu vuelo ha sufrido una incidencia
Cuando un vuelo acumula un retraso importante o es cancelado, la documentación puede resultar decisiva para demostrar el derecho a una indemnización. Los expertos aconsejan conservar la tarjeta de embarque, la confirmación de la reserva, los correos electrónicos enviados por la compañía aérea y cualquier comunicación relativa a la incidencia.
También resulta útil realizar capturas de pantalla de los paneles informativos del aeropuerto o de las aplicaciones de seguimiento de vuelos donde figure la hora real de salida o llegada, especialmente cuando la compañía no facilita información detallada sobre el motivo del retraso.
Si además el pasajero ha tenido que asumir gastos de manutención, transporte o alojamiento como consecuencia de la incidencia, conviene guardar las facturas correspondientes, ya que la normativa europea distingue entre el derecho a compensación económica y el derecho a asistencia o reembolso de determinados gastos.
Un derecho que depende de que el pasajero actúe a tiempo
El nuevo límite temporal responde a la voluntad de armonizar los procedimientos en toda la Unión Europea, pero también obliga a los viajeros a actuar con mayor rapidez. En la práctica, un plazo de nueve meses deja mucho menos margen para descubrir que existe un derecho a indemnización o para iniciar una reclamación cuando el viaje ya ha quedado atrás.
Según AirHelp, muchos pasajeros presentan sus solicitudes meses después del vuelo, cuando conocen que la normativa europea les permite reclamar una compensación económica. La compañía considera que el nuevo plazo podría dejar fuera numerosas reclamaciones simplemente porque los afectados desconocían sus derechos o pensaban que todavía disponían de tiempo suficiente para ejercerlos.
La empresa estima que hasta 18 millones de reclamaciones podrían verse afectadas por esta reducción del plazo si finalmente se aplica sin un régimen transitorio que aclare la situación de los vuelos realizados antes de la entrada en vigor de la reforma.
Qué cambia realmente para el viajero
Más allá del debate jurídico, el mensaje para los pasajeros es claro: el derecho a reclamar no desaparece, pero el tiempo para ejercerlo será considerablemente menor.
Las compensaciones económicas previstas por el Reglamento europeo continúan formando parte del sistema de protección de los viajeros y la Unión Europea mantiene uno de los marcos más avanzados en materia de derechos de los pasajeros aéreos. Sin embargo, la futura limitación del plazo obligará a actuar con mayor diligencia.
Si tu vuelo ha sufrido una cancelación o un retraso importante, conviene comprobar cuanto antes si reúne los requisitos para solicitar una indemnización y no dejar la reclamación para más adelante. Cuando la reforma sea plenamente aplicable, esperar varios meses podría significar perder definitivamente la posibilidad de reclamar una compensación que, según el caso, puede alcanzar los 600 euros.
